Nuevos Símbolos en Bebidas Alcohólicas: ¿Qué Significan?

Con el objetivo de desincentivar el consumo de alcohol en la población, entró en vigencia un nuevo reglamento que establece las normas en materia de comercialización, etiquetado y publicidad de bebidas alcohólicas en Chile.

En una medida que marca un hito en la regulación de la industria de las bebidas alcohólicas, se ha oficializado la incorporación de etiquetados de advertencia en el ámbito del alcohol. Esta iniciativa surge como resultado de la Ley N° 21.363, que establece pautas rigurosas para la comercialización y promoción de productos alcohólicos en el país. Finalmente, el reglamento que detalla los cambios y requisitos específicos ha visto la luz en el Diario Oficial.

Este proyecto trae consigo dos modificaciones fundamentales que tienen el objetivo de abordar los riesgos asociados al consumo de alcohol. En primer lugar, prohíbe la promoción de bebidas alcohólicas en eventos deportivos, lo que busca desvincular la imagen del alcohol de actividades relacionadas con la salud y el bienestar. En segundo lugar, las empresas deben incluir etiquetas de advertencia en sus envases, similares a las utilizadas en la industria alimentaria desde 2016 para informar sobre el contenido de calorías, sodio, grasas y azúcares en los productos.

La Subrei (Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales) presentó las disposiciones de la norma a la Consulta Internacional, y tras obtener la aprobación correspondiente, el reglamento ha sido finalmente publicado. Se ha establecido un plazo de un año para que las disposiciones del reglamento entren en vigor, lo que significa que los etiquetados de advertencia deberían estar presentes en los productos a partir de 2024.

¿En qué consiste la Ley de Etiquetado de Alcoholes? | 24 Horas TVN Chile

¿Qué Establece el Nuevo Reglamento?

El nuevo reglamento establece que todas las bebidas alcohólicas con una graduación igual o superior a 0,5 deberán llevar en su envase una advertencia clara, precisa, visible y fácilmente legible sobre las consecuencias perjudiciales del consumo de alcohol. Esta advertencia debe incluir una leyenda con frases que informen sobre los riesgos asociados al consumo de alcohol.

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Además, se exigirá la inclusión de una alerta gráfica en blanco y negro, que consta de tres símbolos octogonales que representan un automóvil, una mujer embarazada y el número 18, indicando respectivamente las advertencias de no beber y conducir, riesgos para el feto y la prohibición para menores de edad.

El tamaño de estas advertencias no podrá ocupar menos del 15% de la superficie de la etiqueta posterior del envase respectivo y no podrá tener dimensiones inferiores a 6,2 cm de ancho y 3,5 cm de alto.

El reglamento subraya que estas advertencias deben estar siempre a la vista en todos los puntos de venta de bebidas alcohólicas y prohíbe el uso de elementos que intenten cubrirlas total o parcialmente o dificultar su exhibición.

Según lo establecido en el documento, la responsabilidad de adherir estos sellos recae en el productor o fabricante de las bebidas, y en el caso de productos importados, la empresa importadora será la encargada de cumplir con esta regulación.

Ejemplo de etiquetas de advertencia en bebidas alcohólicas
Ejemplo de etiquetas de advertencia en bebidas alcohólicas en Chile.

¿Cuáles son los Nuevos Sellos de Alcohol y Qué Significan?

Según establece la nueva ley, las bebidas alcohólicas deben llevar rotuladas su nivel calórico, además de advertencias sobre el consumo de alcohol y su relación con algunos grupos de riesgo. Entre ellos están las embarazadas, conductores y menores de edad.

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De esa manera, los licores deberán tener impresas las siguientes etiquetas:

  • “No beber al conducir”, con un dibujo tachado de vehículo.
  • “Riesgo para tu bebé”, con un dibujo tachado de mujer embarazada que bebe.
  • “No beber menores de 18 años”, con un dibujo tachado que señala -18.

En la parte superior de esos símbolos, los consumidores podrán leer la siguiente frase: “El consumo nocivo de alcohol daña tu salud”.

Las advertencias, además, no pueden abarcar menos del 15% de la superficie de la cara o etiqueta posterior del envase, caja o embalaje.

La normativa también establece que son los mismos fabricantes de las bebidas alcohólicas quienes deben encargarse de adherir los sellos. En el caso de los licores importados, los importadores tienen que realizar esa tarea. Todas las obligaciones se deben cumplir antes de que los productos sean comercializados.

¿En Qué Fechas Entra en Vigor el Cambio?

De acuerdo a lo indicado en el reglamento, desde el 7 de julio de 2024 es obligación que las bebidas con una graduación alcohólica igual o mayor a 0,5º lleven etiquetas. Es decir, las que sean fabricadas a partir de esa fecha.

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Es posible que los consumidores descubran que no todos los productos tienen el nuevo etiquetado al momento de ir a comprar. Al ser una ley progresiva, durante los primeros meses existe la posibilidad de que en negocios y supermercados estén los envases antiguos, que no llevan sellos, junto con los ya actualizados, detallan desde el Sernac.

La normativa también contempla que la publicidad de bebidas alcohólicas en televisión tendrá restricción entre las 22:00 y las 06:00 horas, y en radio, entre las 16:00 y 18:00 horas.

El Problema del Alcohol como Salud Pública

Tomás Balaguer, seremi (s) de Salud de la región, junto al equipo de fiscalización de la autoridad sanitaria visitó la pisquera Aba del Valle de Elqui, oportunidad donde inspeccionó esta nueva normativa.

“El problema del alcohol es de salud pública. El Ministerio de Salud junto a otros ministerios han realizado modificaciones para fiscalizar el etiquetado de las bebidas alcohólicas, donde se entregará información sobre los efectos nocivos”, explicó.

La Dra. señaló "Desde el día 7 de julio hubo una modificación en el reglamento que a nosotros como Seremi de Salud nos corresponde fiscalizar. Esta modificación apunta a hacerse cargo del daño que hace el consumo de alcohol en algunos grupos en específico, pero en general a toda la población.

Además, destacó “es muy relevante para nosotros que la ciudadanía reflexione y nos ayude en esta construcción dado que el consumo de alcohol está vinculado a 36 muertes diarias en el país, es el responsable del más del 12% de los años de vida perdidos saludables de nuestra población, lo que es el doble de lo que impacta la obesidad y la hipertensión.

El Ministerio de Salud, a través de las Seremi de Salud de cada región, será responsable de fiscalizar la implementación de estos nuevos requisitos de etiquetado y publicidad de licores. De acuerdo con la ley, todas las bebidas alcohólicas deberán incluir en su etiquetado el nivel calórico y advertencias sobre los riesgos del consumo de alcohol para determinados grupos, como embarazadas, conductores y menores de edad. En la parte superior de estos símbolos, se deberá leer la frase: “El consumo nocivo de alcohol daña tu salud”.

Tipos de Establecimientos y sus Patentes

Las empresas productoras y exportadoras habituales de vino, pisco o cerveza, estarán facultadas, con fines promocionales y turísticos, para vender sus productos envasados al detalle siempre que dicha venta se efectúe en recintos especialmente habilitados para ello dentro del mismo predio de producción, y para ser consumidos fuera del local de venta o de sus dependencias; estas empresas estarán asimismo facultadas para ofrecer, en los referidos recintos, degustaciones de sus productos.

Esta patente sólo podrá otorgarse, con carácter de accesoria, a los establecimientos que cuenten con alguna de las patentes señaladas en las letras C), E), F), G), I), J), M) y Ñ).

Algunos ejemplos de establecimientos que pueden expender bebidas alcohólicas son:

  1. Hotel y anexo de hotel, en el que se preste servicio de hospedaje y alimentación.
  2. Casas de pensión o residenciales, que proporcionen alojamiento y comida, principalmente por meses.
  3. Restaurantes diurnos o nocturnos, con expendio de bebidas alcohólicas a los clientes que concurran a ingerir alimentos preparados.
  4. Establecimientos de expendio de cerveza o sidra de frutas, que podrán funcionar en forma aislada o junto a pastelerías, fuentes de soda u otros análogos.

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