La validez de las pruebas de alcoholemia es un tema crucial en los juicios por conducción bajo los efectos del alcohol. A continuación, se analizan los requisitos y factores que los tribunales consideran al evaluar la nulidad de estas pruebas, junto con ejemplos de jurisprudencia relevante.
Fundamentos de la Defensa y Decisiones Judiciales
En un caso reciente, la defensa del sentenciado interpuso un recurso de nulidad ante la Corte Suprema, el cual fue rechazado. Los hechos fueron calificados como delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad con resultado de muerte (Art. 3° de la Ley N°18.290) y delito de abandono del lugar del accidente (Art.).
Como evidencia clave, el Tribunal Oral consideró:
- El testimonio de carabineros sobre el estado etílico del acusado.
- Prueba de alcotest que arrojó 0,95 gramos de alcohol en la sangre.
- Pericia de alcoholemia que mostró 0,57 gramos de alcohol en la sangre (tomada 6 horas después).
- El informe pericial de retroproyección que estimó 1,15 gramos de alcohol por litro de sangre al momento del accidente.
- Declaraciones de testigos sobre la ingesta de alcohol previa al accidente.
En cuanto a la causal principal que la defensa fundó en la sustitución del perito químico farmacéutico que realizó el informe de alcoholemia, la Corte Suprema consideró que esta sustitución se ajustó a lo establecido en el artículo 329 del Código Procesal Penal, que permite tal acción en casos excepcionales como «fallecimiento o incapacidad sobreviniente del perito para comparecer».
La Corte Suprema enfatizó en su fallo la interpretación restrictiva que debe darse a esta norma, equilibrando el derecho de defensa con la necesidad de obtener la declaración pericial, aunque en este caso consideró justificada la sustitución.
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Agrega el fallo, que la exigencia de fundamentación de las sentencias no es un mero formalismo, sino que tiene un carácter sustantivo, destinado a garantizar la coherencia del razonamiento judicial y evitar la arbitrariedad.
El fallo cuenta con una prevención del Ministro Llanos y la Ministra Quezada que concurren al rechazo de la causal de nulidad propuesta en carácter principal, teniendo para ello presente que, si bien en su concepto la circunstancia de que un perito se encuentre en el extranjero no se encuentra regulada en el inciso final del artículo 329 del Código Procesal Penal y, por tanto, no puede homologarse dicha ausencia al fallecimiento o a la inhabilidad sobreviniente, el vicio impetrado carece de sustancialidad y trascendencia para efectos de arribar al establecimiento de los hechos, en atención al restante cúmulo de evidencia aportada por el ente persecutor.
En resumen, la Corte Suprema validó la prueba de alcoholemia al considerar justificada la sustitución del perito y valorar la coherencia del razonamiento judicial.
Jurisprudencia del Tribunal Constitucional Español
El Tribunal Constitucional de España acogió parcialmente el recurso de amparo deducido por una conductora que fue obligada a trasladarse a una comisaría para practicarse una alcoholemia, a pesar de que los agentes que intervinieron en el procedimiento no eran competentes para realizar esta diligencia.
Según se narra en los hechos, la mujer fue fiscalizada por efectivos de la Policía Nacional por una posible conducción bajo la influencia del alcohol. Si bien los agentes contactaron a la policía municipal de tránsito para practicar una alcoholemia a la mujer, esta no acudió al lugar.
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Tras la prueba fue condenada por el delito de conducción bajo la influencia del alcohol por el juez a quo.
La mujer recurrió el fallo en instancia, aduciendo que el procedimiento estuvo viciado y que fue obligada a apersonarse en la comisaría, a pesar de que la Policía Nacional era incompetente. No obstante, el tribunal estimó que los agentes «convencieron” a la recurrente, mediante una constante “labor de persuasión para que les acompañara voluntariamente a comisaría a efectos de realización de la prueba, a la que estaba obligada a someterse”.
En su análisis de fondo, el Tribunal observa que, “(…) los agentes policiales convencieron a la recurrente a acompañarles pues podría incurrir en un delito de desobediencia», debiendo emplear para ello, de acuerdo con la sentencia dictada por el juzgado de lo penal, «una constante labor de persuasión”.
Agrega que “(…) son los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico quienes pueden someter a la persona a dichas pruebas. Por esa razón los agentes de la Policía Nacional, que no eran competentes, en el lugar en que se intercepta a la recurrente en amparo para someterla a las pruebas de alcoholemia, procedieron a solicitar la presencia de la Policía Municipal de tráfico. Porque era esta la autoridad competente.
Comprueba que “(…) la norma prevé una conducción obligatoria al juzgado en los supuestos de negativa a la realización de la prueba o en los casos en que se presenten síntomas evidentes de conducción de un vehículo bajo la influencia de bebidas alcohólicas. Pero no prevé esa conducción por autoridad diferente de la autoridad competente, ni prevé la conducción obligatoria a comisaría para la realización de la prueba de alcoholemia, porque se presupone la realización de la prueba in situ, en el lugar de la interceptación o retención.
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Este caso subraya la importancia de que la prueba de alcoholemia sea realizada por la autoridad competente y en el lugar adecuado.
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Requisitos Clave para la Validez de una Prueba de Alcoholemia
Para que una prueba de alcoholemia sea considerada válida y admisible en un juicio, debe cumplir con ciertos requisitos fundamentales:
- Competencia de la Autoridad: La prueba debe ser realizada por agentes de la autoridad competentes para la vigilancia del tráfico.
- Procedimiento Adecuado: El procedimiento debe seguir las normas y protocolos establecidos para la realización de la prueba, incluyendo el uso de equipos calibrados y certificados.
- Consentimiento Informado: Si bien la persona está obligada a someterse a la prueba, se debe informar sobre sus derechos y el propósito de la misma.
- Cadena de Custodia: Se debe garantizar la integridad de la muestra y la cadena de custodia desde la toma hasta el análisis.
- Fundamentación de la Sentencia: La sentencia debe estar debidamente fundamentada, explicando el razonamiento judicial y la valoración de las pruebas.
La ausencia de alguno de estos requisitos puede ser motivo para solicitar la nulidad de la prueba.
Tabla Resumen de Factores Clave
| Factor | Descripción | Consecuencia de Incumplimiento |
|---|---|---|
| Competencia | Realización por autoridad competente | Posible nulidad de la prueba |
| Procedimiento | Cumplimiento de protocolos | Duda sobre la validez del resultado |
| Consentimiento | Información adecuada al examinado | Vulneración de derechos |
| Custodia | Integridad de la muestra | Imposibilidad de garantizar el resultado |
| Fundamentación | Razonamiento judicial claro | Arbitrariedad en la sentencia |