Es un hecho que cada día hay más automovilistas en las calles y no solo eso, sino también motociclistas, ciclistas y peatones. Una convivencia vial que puede volverse complicada y peligrosa a ratos, exponiéndonos a situaciones de riesgo, que podrían terminar en accidentes de tránsito.
Los siniestros viales son eventos lamentables que ocasionan daños materiales, lesiones y muertes en el peor de los casos. De ahí, que resulte importante conocer las distintas multas y sanciones a las que se exponen los conductores en caso de verse envuelto en un accidente de tránsito.
En Chile, la conducción bajo la influencia del alcohol es un tema de gran relevancia y severidad legal. La Ley de Tránsito y el Código Penal establecen claras sanciones para quienes conducen bajo los efectos del alcohol, con el objetivo de proteger la seguridad vial y prevenir accidentes. A continuación, se detallan las consecuencias y aspectos legales relacionados con este delito en Chile.
En Chile, bajo la influencia del alcohol es desde 0,3 g/L de alcohol en sangre, y estado de ebriedad es ≥ 0,8 g/L.
¿Se debe extender la ley Emilia a accidentes que no sean ocasionados por el alcohol?
Sanciones y Multas por Conducir Bajo los Efectos del Alcohol
Le preguntamos al respecto a Francisco Ríos, Juez de Policía Local de Lampa y Director del Instituto de Jueces de Policía Local y esto fue lo que nos señaló con respecto a las multas que podrían aplicar en un accidente de tránsito:
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En un mismo accidente, puede concurrir una o varias conductas transgresoras de la Ley de Tránsito 18.290. En mi experiencia, las principales causas de los accidentes del tránsito, -léanse como tal colisión entre vehículos o choques-, y que sean de competencia de los Juzgados de Policía Local (JPL), son las siguientes:
- Conductor “no atento a las condiciones del tránsito imperantes del momento, sin mantener el control de su vehículo”: Si su transgresión es la causa principal del accidente que produjo daños y/o lesiones, la infracción será calificada de grave y la multa irá entre 1 a 1,5 UTM. Si no es así, será calificada de leve y la multa será entre 0,2 y 0,5 UTM.
- Conductor “no mantiene una distancia razonable y prudente respecto a los vehículos que le anteceden”: Si su transgresión es la causa principal del accidente que produjo daños y/o lesiones, la infracción será calificada de grave y la multa irá entre 1 a 1,5 UTM. Si no es así, será calificada de leve y LA multa irá entre 0,2 y 0,5 UTM.
- “Conducir a una velocidad no razonable y prudente, o a mayor velocidad que la permitida”: Si su transgresión, cuando no se midió la velocidad a la que iba el conductor, es la causa principal del accidente que produjo daños y/o lesiones, la infracción será calificada de grave y la multa irá entre 1 a 1,5 UTM.
Hoy el exceso de velocidad es considerado una infracción gravísima. Ahora bien, si la velocidad fue constatada con algún equipo electrónico de registro, la multa variará. De esta manera, se calificará de menos grave, transgredir hasta 10 km/h el límite máximo permitido (entre 0,5 a 1 UTM). De 11 a 20 km/h, será calificada de grave (entre 1 a 1,5 UTM). En tanto, que si sobrepasa los 21 a 60 km/h, será calificada de gravísima (entre 1,5 a 3 UTM). En los dos últimos casos, además, se sancionará con la suspensión de la licencia entre 5 a 45 días. Ahora bien, sobre 60 km/h, es un delito simple y de competencia del Ministerio Público.
- Conductor que “no se detiene en una Luz Roja o ante la señal PARE”, o “conducir sin haber obtenido licencia de conductor”, son conductas calificadas de gravísimas por la ley e implican una multa de 1,5 a 3 UTM y la suspensión de la licencia de conducir entre 5 a 45 días.
- Conducir “bajo los efectos del alcohol”, para que sea de competencia de los JPL, se entiende que el conductor manejaba en “condiciones físicas y psíquicas deficientes”, que es cuando la cantidad de gramos de alcohol por litro de sangre es igual o inferior a 0,3 gramos.
Lo increíble es que la ley no contempla multa para este caso, por lo que hay dos vías de resolver: absolver al conductor, o asimilar su conducta al artículo 202, que permite, cuando no está comprendida entre las calificadas de menos grave, graves o gravísimas, ser calificada de leve y poner una multa entre 0,2 a 0,5 UTM. Si la dosificación de alcohol en la sangre supera los 0,3 gramos, será de competencia del Ministerio Público.
Si en un accidente de tránsito, concurren varias conductas infraccionales por parte del conductor, que ameritan varias multas e incluso de diferente monto, éstas no necesariamente se suman. La Ley 18.290 establece la siguiente figura: “Si una persona, en un mismo hecho, fuera responsable de dos o más infracciones, se aplicará la multa que corresponda a la infracción de mayor grado, cualquiera que sea el número de ellas”.
Así las cosas, si concurre una multa grave (conducir sin las luces encendidas reglamentarias, por ejemplo), con una gravísima (conducía sin haber obtenido licencia de conducir), se aplica la multa contemplada a la infracción de mayor grado, sin sumarlas, y la multa variará entre 1,5 a 3 UTM y a la suspensión de su licencia entre 5 a 45 días.
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Ahora bien, si el conductor es reincidente, lo cual se sabe al revisar su Hoja de Antecedentes de Conductor, ahí sí se le podría sumar y cobrar el doble o el triple: Así lo establece el artículo 204 de la Ley de Tránsito: “A los reincidentes de infracciones gravísimas o graves, cometidas en los últimos dos o tres años, se les impondrá el doble de la multa establecida para cada infracción, la que se elevará al triple en caso de incurrirse nuevamente en dicha conducta. Lo anterior, sin perjuicio de las suspensiones o cancelaciones de licencias de conductor que corresponda”.
Más allá de ello, vale decir también que el juez está facultado legalmente para moderar los montos que contempla la ley: “En casos calificados, por resolución fundada, el juez podrá imponer una multa de monto inferior a las señaladas, atendidas las condiciones en que se cometió el hecho denunciado o la capacidad económica del infractor”.
Las sanciones son de variada índole si la competencia es de los JPL. Por ejemplo, y como ya detallé más arriba, si del accidente de tránsito se derivan daños y/o lesiones leves, puede el responsable ser condenado a una sanción de multa.
La conducción bajo la influencia del alcohol aumenta el riesgo de accidentes fatales. De acuerdo con CONASET, 1 de cada 10 siniestros de tránsito con consecuencias fatales se debe al consumo de alcohol, explicando la aplicación de sanciones más estrictas en este tipo de causas.
Todo depende del nivel de alcohol en la sangre y sus consecuencias. Hoy esta conducta está regulada por la ley de tránsito y el Código Penal, y en casos graves, se aplica la Ley Emilia.
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Tabla de Sanciones por Conducir en Estado de Ebriedad en Chile
La sanción por conducir en estado de ebriedad en Chile puede variar según la situación específica en la que se produzca:
| Situación | Multa | Suspensión de Licencia | Otras Sanciones |
|---|---|---|---|
| Sin causar daños | 1 a 1,5 UTM | 3 a 6 meses | |
| Causando daños materiales | 1,5 a 3 UTM | 6 a 12 meses | |
| Causando lesiones leves | 3 a 5 UTM | 12 a 18 meses | Trabajos en beneficio de la comunidad |
| Causando lesiones graves | 5 a 10 UTM | 2 a 5 años | Trabajos en beneficio de la comunidad |
| Causando la muerte | 10 a 20 UTM | 5 a 10 años | Trabajos en beneficio de la comunidad, programa de rehabilitación |
La Ley Emilia
La Ley Emilia fue promulgada en el año 2014 y lleva el nombre de Emilia Silva Figueroa, una niña de 9 años que falleció en un accidente de tránsito provocado por un conductor en estado de ebriedad.
Esta legislación se originó tras el fallecimiento de la pequeña Emilia Silva Figueroa en 2012 y cambió la manera en que el sistema penal aborda estos casos.
Se establece cárcel efectiva mínima de un año cuando el conductor en estado de ebriedad causa lesiones graves, gravísimas o la muerte. También considera delito fugarse del lugar del siniestro o negarse a realizarse la alcoholemia.
Si hay lesiones gravísimas o muerte, la Ley Emilia fija al menos 1 año de cárcel efectiva (sin sustitución), con máximos que llegan a 10 años según el daño.
Aspectos Legales Adicionales
Uno de los puntos importantes sobre la conducción en estado de ebriedad es que se trata de un delito formal y de peligro en Chile.
Además, se considera que un conductor está en estado de ebriedad si se encuentra en actitud o en función de ejercer el manejo de un vehículo, incluso si todavía no ha comenzado a conducir o si ha dejado de hacerlo recientemente.
Otro punto importante es que la ley 18.290 prohíbe la conducción de cualquier vehículo o medio de transporte en estado de ebriedad. Además, para determinar el estado de ebriedad del conductor, se consideran todos los medios de prueba, incluyendo el nivel de alcohol presente en el flujo sanguíneo que consta en el informe de alcoholemia o en el resultado de la prueba respiratoria practicada por Carabineros.
En caso de un accidente, el responsable enfrenta una suspensión prolongada o definitiva de su licencia y antecedentes penales. Las penas varían según la gravedad del hecho y si existen agravantes, como la reincidencia.
¿Qué hacer ante una acusación por conducción bajo los efectos del alcohol?
Ante cualquier resultado de alcoholemia, no actúe sin asesoría legal. Solicite rápidamente una consulta con un abogado especializado.
Sabemos que, sin una defensa especializada, un tribunal puede aplicar las penas en su grado máximo, lo que conlleva consecuencias devastadoras para tu vida personal, profesional y familiar. Con nuestra representación, aumentas significativamente tus probabilidades de alcanzar el mejor resultado posible, ya sea demostrando defectos en la prueba, obteniendo una pena sustitutiva o logrando la atenuación de la responsabilidad.
Te expones a multas y suspensión de la licencia, además de perjudicar tu posición procesal.
Depende del caso (pericias, lesiones, agenda del tribunal).
En Poblete y Asociados Abogados, analizamos minuciosamente cada elemento del caso para detectar irregularidades que puedan invalidar pruebas o reducir las imputaciones. Examinamos la legalidad del control de identidad y la detención, revisamos la proporcionalidad de las medidas cautelares solicitadas por la fiscalía y evaluamos las posibilidades de optar a salidas alternativas, como la suspensión condicional del procedimiento o acuerdos reparatorios, cuando proceda.
El Rol de un Abogado Penalista
Los abogados penalistas con experiencia en delitos viales pueden representar su defensa, evaluar la legalidad de los procedimientos aplicados, analizar si hubo errores en el control de alcoholemia y negociar una eventual rebaja de pena. Este tipo de representación es determinante para enfrentar una acusación formal por conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas bajo el Código Penal.
Además, si el procedimiento incluyó fuga, lesiones o fallecidos, es aún más recomendable contar con apoyo jurídico especializado, considerando que el manejo en estado de ebriedad puede implicar años de privación de libertad.
Si además enfrenta consecuencias civiles como la pérdida del vehículo o daños a terceros, un equipo de abogados civiles puede asesorarlo en esos aspectos legales complementarios.
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